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TSJ Castilla y León, Burgos, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 162/2018, de 15 de junio. Recurso 62/2018

Ponente: JOSE MATIAS ALONSO MILLAN
SP/SENT/972157
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 Falta de motivos suficientes para la suspensión de la ejecución de obras urgentes para la seguridad de personas o bienes; los problemas económicos no son lo suficientemente graves como para que, en los plazos establecidos, no pueda realizar las obras
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 El Ayuntamiento puede adoptar la medida de imposición de multas coercitivas, al no ser la actuación de ejecución subsidiaria por su parte una imposición respecto del supuesto de incumplimiento
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 El interés público objeto de protección por la medida adoptada se superpone con claridad sobre el interés particular, puesto que el interés público reside en que se ejecuten unas obras que varios informes exigen
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia ha dictado, en la pieza separada de medidas cautelares del procedimiento ordinario núm. 31/2017, auto de fecha 4 de octubre de 2017 por el que acuerda:
"1º.- No haber lugar a la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, identificado al hecho primero de este auto, solicitada por la parte actora en la pieza de medidas cautelares, procedimiento ordinario 31/2017
2º.- Se condena en costas a la parte actora, con un límite máximo de 1.500 euros (IVA incluido)".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución, por la recurrente se interpuso recurso de apelación mediante escrito de fecha 27 de octubre de 2017, el cual fue admitido a trámite, solicitando se dicte resolución por la que " revoque el dictado por el Juez de lo Contencioso-Administrativo de Segovia y estimando el presente Recurso declare:
a) Haber lugar a la suspensión del Acuerdo impugnado en cuanto a la posibilidad de imposición de multas coercitivas, sin prestanza de garantía, con expresa imposición de costas de la Primera Instancia a la Administración demandada/apelada.
b) Haber lugar a la suspensión del Acuerdo impugnado en cuanto a la posibilidad de imposición de multas coercitivas, con prestanza de garantía, sin formular expresa imposición de costas de la Primera Instancia.
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