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TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, de 17 de julio de 2018. Recurso 1363/2018

Ponente: CARLOS VILLARINO MOURE
SP/SENT/976438
Gestión Documental
 Inexistencia de relación laboral: reconocimiento como becario en el Laboratorio Oficial de Metrología; actividades desarrolladas en el período de beca coherentes con el objetivo formativo y no de aprovechamiento lucrativo en favor empresarial
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 Complementos de peligrosidad y toxicidad del puesto por informe de la Inspección: excepcionalidad y habitualidad; instrumental a temperaturas extremas, riesgo de caída de 2m., atrapamiento, condiciones ambientales extremas y exposición a tóxicos
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ANTECEDENTES DE HECHO
En el RECURSO SUPLICACION 0001363/2018, formalizado por Horacio,CONSELLERIA DE ECONOMIA EMPLEO E INDUSTRIA contra la sentencia número 488/2017 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OURENSE en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000452/2017, seguidos a instancia de Horacio frente a CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª CARLOS VILLARINO MOURE.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Aproximación general al objeto del recurso
La sentencia de instancia estimó en parte la demanda presentada, y declaró que la relación laboral del actor con la parte demandada se extiende desde el 1 de septiembre de 2001, con abono de 345,84 euros en concepto de antigüedad del año anterior a la reclamación, y declarando también el derecho del actor a la percepción del plus de singularidad por peligrosidad y toxicidad. Todo ello con el correspondiente pronunciamiento de condena.
La parte actora recurrió en suplicación al amparo del art. 193 c) LRJS. En dicho recurso se señala que el único motivo del mismo es el no reconocimiento como relación laboral, por la sentencia de instancia, del período que desde el 1-3-2000 al 31-8-2001 trabajó como becario.
La parte demandada recurrió también en suplicación al amparo del art. 193 c)LRJS. En dicho recuso se discutía el reconocimiento por la sentencia de instancia del plus de singularidad de puesto de trabajo.
No se formularon impugnaciones a los citados recursos.
SEGUNDO.- Motivo de recurso al amparo del art. 193 c) LRJS formulado por la parte demandante
La parte actora recurre al amparo del art. 193 c) LRJS -" Examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia"-.
Señala a tal efecto la infracción del art. 1.1 ET y