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TSJ Andalucía, Málaga, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 1070/2018, de 13 de junio. Recurso 539/2018

Ponente: RAUL PAEZ ESCAMEZ
SP/SENT/977986
Gestión Documental
 Incongruencia extra petita: desestimación; fijación en los hechos probados de la prestación laboral, la jornada y salario regulador y reclamación de un salario de importe muy superior y jornada superior a la fijada que fueron objeto de debate
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 Validez del contrato de trabajo en prácticas: la ocupación del puesto de recepcionista conforme al Acuerdo laboral del Sector de la Hostelería es acorde con los estudios de licenciatura de publicidad y relaciones públicas cursados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que según consta en autos se presentó demanda por Fidela sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado ALCAZABA PREMIUM HOSTEL, SL. y FOGASA habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 15 de Noviembre de 2017 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
SEGUNDO.- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
1.- Dª . Fidela con D.N.I NUM000 ha venido prestando servicios para Alcazaba Premium Hostel S.L desde el 8 de abril de 2016 con la categoría de recepcionista , percibiendo un salario de 906,76 euros mensuales, con inclusión de pagas extras .
2.- La actora es licenciada en publicidad y relaciones públicas y con fecha 8 de abril de 2016 las partes suscribieron un contrato de trabajo en prácticas para prestar servicios como recepcionista en prácticas con una jornada de 20 horas semanales y una duración de 12 meses .
3.- La empresa explota un hostel sito en Málaga que cuenta con 21 habitaciones, un restaurante y terraza, con 40 trabajadores aproximadamente , la mayoría camareros .
4.- En la recepción abierta las 24 horas trabajan cinco recepcionistas más la encargada con tres turnos mañana , tarde y noche, con vestuario proporcionado por la empresa .
5.- La actora trabajaba cinco días con una jornada de ocho horas y debía percibir un salario base