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TSJ Andalucía, Málaga, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 1833/2018, de 7 de noviembre. Recurso 1361/2018

Ponente: JOSE LUIS BARRAGAN MORALES
SP/SENT/987761
Gestión Documental
 Contrato de trabajo en prácticas: inexistencia de fraude de ley; lo relevante es el desempeño de las actividades propias de la titulación profesional aunque no estuviese asistido por un supervisor o una tercera persona
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: El 4 de agosto de 2017 don Alexis don presentó demanda contra Asistencia Sanitaria Malagueña S.L., en la que suplicaba que su despido fuese declarado improcedente.
SEGUNDO: La demanda se turnó al Juzgado de lo Social número uno de Málaga, incoándose el correspondiente proceso de despido con el número 872-17, en el que una vez admitida a trámite por decreto de 18 de septiembre de 2017, se celebraron los actos de conciliación y juicio, tras una primera suspensión, el 7 de marzo de 2018.
TERCERO: El 12 de marzo de 2018 se dictó sentencia cuyo fallo era del tenor siguiente: "Que debemos desestimar la excepción de falta de acción, y debemos estimar la demanda interpuesta por D. Alexis contra "Asistencia Sanitaria Malagueña S.L.", declarar el despido improcedente, condenando a la empresa a que, a opción de la misma, que deberá realizar en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de esta resolución, readmita al trabajador en las mismas condiciones y le abone los salarios dejados de percibir desde el despido a la notificación se sentencia, a razón de 52,17 euros, o le abone una indemnización ascendente a 1.721,71 euros".
CUARTO: En dicha sentencia se declararon probados los hechos siguientes:
1º.- El actor ha prestado servicios para la empresa demandada con la categoría profesional de TTS conductor, antigüedad de 28.6.16 y salario, incluida prorrata de pagas