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TSJ Castilla y León, Valladolid, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, de 24 de octubre de 2018. Recurso 1177/2018

Ponente: MARIA DEL CARMEN ESCUADRA BUENO
SP/SENT/988851
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 Adecuación del procedimiento de reclamación de cantidad por acción individual: el trabajador no tiene acción para plantear un conflicto colectivo o una impugnación del convenio colectivo
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 Vulneración del derecho de igualdad: doble sistema de devengo del plus de antigüedad en función de la fecha de ingreso en la empresa perpetuado a lo largo de los años; doble escala salarial; falta de justificación empresarial objetiva y razonable
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Con fecha 16.11.17, se presentó en el Juzgado de lo Social .número 1 de Valladolid, demanda formulada por Doña Maribel en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.
SEGUNDO. - En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:
" Primero. - La demandante, Doña Maribel, presta servicios presta servicios para la empresa "ADIENT SEATING SPAIN, S.L.U" (anteriormente denominada "JHONSON CONTROLS AE SPAIN VALLADOLID, S.L.U") desde el día 6 de mayo de 2013, en virtud de un contrato indefinido, con categoría profesional de Peón 1ª A, y salario mensual de 2.178,83 euros, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.
Segundo. - Las relaciones laborales de la empresa demandada, encuadrada en el sector del metal, con sus trabajadores se han regido por sucesivos Convenios Colectivos de la empresa, en los que el devengo de la antigüedad se ha regulado de la siguiente forma:
-Hasta el "Convenio Colectivo de Ibérica de Asientos, S.A", con vigencia 1994-1995, se abonaba un plus de antigüedad, calculado por trienios, con una cuantía fija anual, distribuida en catorce pagas.
-Desde el "Convenio Colectivo de la empresa Ibérica de Asientos, S.