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SP/DOCT/118732

Resolución Administrativa. Enero 2022

Desestimación. Inexistencia de injerencia de la Mesa de Contratación en las competencias del Consejo Escolar. La LFCP y el Pliego regulador del contrato atribuyen a la Mesa de Contratación la función de valoración de las ofertas. Inadmisibilidad del cuestionamiento de la fórmula que valora las ofertas económicas una vez firme el Pliego que, en todo caso, no puede determinar en ningún caso la adjudicación, ya que determina únicamente el 15 por ciento de la puntuación total.

Resolución 9/2022. Recurso: 109/2021
RESUMEN

Acuerdo 9/2022, de 17 de enero. Valoración de las ofertas, Cuestiones varias.