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AP A Coruña, Sec. 4.ª, 85/2006, de 31 de mayo. Recurso 312/2006

Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
SP/SENT/93892
 No existen dudas, a efectos de imposición de costas, cuando las secciones de la Audiencia ante la que se actúa ya han unificado sus criterios respecto a la cuestión discutida
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 5 DE A CORUÑA, con fecha 11-10-05. Su parte dispositiva literalmente dice: "Se acuerda desestimar la impugnación realizada por el Procurador SR. PEREZ LIZARRITURRI en nombre y representación de ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, respecto a la liquidación de intereses propuesta por DOÑA NURIA ROMAN MASEDO en nombre y representación de D. Gaspar, aprobándose la liquidación propuesta por la parte ejecutante en su escrito de 17 de junio de 2005, quedando fijada en 18.574,84 euros los intereses debidos por la parte ejecutada."
EL AUTO ACLARATORIO DE FECHA 25-10-05 EN SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: "Se acuerda estimar la aclaración solicitada por el Procurador DOÑA NURIA ROMAN MASEDO, en nombre y representación de DON Gaspar en el sentido de que la fundamentación jurídica del auto de 11 de octubre de 2005 se completa incorporando un fundamento de derecho TERCERO con el siguiente contenido: "Procede imponer las costas causadas a la parte impugnante al proceder la desestimación de la impugnación efectuada y la aprobación de la liquidación de intereses por la representación de DON Gaspar.
Igualmente procede aclarar la parte dispositiva del auto de 11 de octubre de 2005 en el sentido de que "Procede imponer las costas causadas a la parte ejecutada impugnante de la liquidación de intereses pro