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AP Valencia, Sec. 7.ª, 457/2018, de 19 de octubre. Recurso 406/2018

Ponente: MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
SP/SENT/983315
 A pesar de que las dudas de hecho sobre la arrendataria conlleven a no estimar el desahucio, si que justifican la reclamación del arrendador, lo que conlleva la no imposición de costas al mismo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE GANDIA, con fecha 26 de febrero de 2018, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Juan Lacasa, en nombre y representación de D. Esperanza, se absuelve a la demandada Leños Pizza S.L. de los pedimentos efectuados en su contra. Todo ello sin realizar expresa imposición de las costas procesales, debiendo pagar cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandado se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 15 de octubre de 2018 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO . La representación procesal de doña Esperanza formuló demanda de juicio verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas contra la mercantil Leños Pizza SL.
Sustenta su pretensión en que la actora, como propietaria, el día 1 de enero de 2002, suscribió un contrato de arrendamiento con la mercantil Restaurante Pizzeria La Antica SL respecto del local ubicado en Plaza Mayor número 5 de la Gandía.
El citado contrato ha sido objeto de diversas modificaciones a lo largo de los años y, desde mayo de 2016, pactaron verbalmente la novación subjetiva del arrendatario, el cual pasó a ser la mercantil Leños Pizza SL, a quien se demanda por no pagar las rentas desde enero de 2017.
La demandada se opuso a la pretensión actora invocando la falta de legitimación pasiva puesto que no ostentaba la condición de arrendataria.
La sentencia de instancia desestima la demanda no haciendo expresa condena al pago de las costas.
Contra dicha resolución se alza la parte demandada invocando diversos motivos que pasamos a examinar.
SEGUNDO . En la resolución del presente recurso de apelación hemos de partir de las siguientes consideraciones:
I) Lo dispuesto en el artículo 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su número 4, conforme al cual ""La Sentencia que se dicte en apelación deberá pr