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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 180/2020, de 19 de mayo. Recurso 10779/2019

Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
SP/SENT/1059615
 Hay prueba suficiente de la autoría del acusado en los delitos de maltrato, agresión sexual y asesinato a la menor, pues esta empezó a tener hematomas cuando él empezó a vivir en la casa y el día que murió estaban los dos solos
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 Se aprecia ensañamiento por la pluralidad de lesiones en la cabeza y hematomas y erosiones en cuello, espalda, brazos, piernas y pies, que produjeron un sufrimiento indudable a la menor y quien lo realizó sabía que era así
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 No hay doble ponderación al penalizar el asesinato con prisión permanente revisable, pues además de la alevosía está el ensañamiento, la edad de la menor y que el asesinato siguió a la agresión sexual
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 Se apreció agravante de actuación por motivos racistas por los comentarios que hacía el acusado contra las personas rumanas y porque fue al único miembro de la familia a quien agredió
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 La madre de la menor fallecida era consciente de que su pareja la había lesionado y la maltrataba y no hizo nada para impedirlo hasta que esta falleció: concurren los delitos de asesinato, maltrato familiar y habitual en comisión por omisión
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 Además de condenarse por los delitos de maltrato familiar por los episodios de agresión a la niña, hay un delito de maltrato habitual, dada la repetición de estos durante un periodo de un mes y medio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción num. 6 de Valladolid instruyó el procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado 5/1995 con el núm. 1/2018 por delitos de maltrato, agresión sexual y asesinato contra D. Cornelio y Dª Tarsila y una vez abierto el juicio oral, lo remitió a la Audiencia Provincial de Valladolid, Sección Segunda, en la que vista la causa por el Tribunal del Jurado (Rollo núm. 7/2018) dictó sentencia en fecha que contiene los siguientes hechos probados:
«Son hechos probados y así se declaran en virtud de las conclusiones a las que ha llegado el Jurado, los que a continuación se exponen.
Los acusados Cornelio y Tarsila, mayores de edad y sin antecedentes penales, contactaron entre ellos a mediados de abril de 2017 a través de una red social de internet y siguieron relacionándose a través de dicho medio en los días siguientes.
Cornelio estaba soltero y vivía con sus padres en DIRECCION000, mientras Tarsila también era soltera y vivía en Valladolid, teniendo dos hijas, Delia de 12 años y Guadalupe que cumpliría 4 años el NUM000 de 2017. El padre biológico de Guadalupe era Moises de nacionalidad Rumana, pareja sentimental de Tarsila. Esta vivía con sus hijas Delia y Guadalupe en la CALLE000 n° NUM001 de esta ciudad de Valladolid. Al tiempo de conocer Tarsila a Cornelio, convivía también en dicho domicilio Moises con Tarsila, Delia y Guadalupe, si bien la relación sentimental entre