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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 6.ª, de 8 de julio de 2019. Recurso 310/2015

Ponente: RAMON CASTILLO BADAL
SP/SENT/1019375
 La autorización de entrada para la investigación de indicios de participación de la entidad en un cártel organizado para alterar los precios de automóviles se entiende correcta y no procede invalidar el registro
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 La prueba del pago de los servicios de la entidad sancionada que facilita el intercambio de datos sobre los descuentos de concesionarios, confirma la conducta contraria a la defensa de la competencia y la participación de la entidad
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 Solo procederá la sanción por los periodos en que queda acreditada la participación de la entidad sancionada y no por el resto y en este aspecto si se estima desproporcionada la sanción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando de ésta Sala, se dicte sentencia mediante la que se acuerde estimar el presente recurso contencioso administrativo y en consecuencia declare:
"La ilicitud de la CNMC en la obtención de las pruebas de cargo.
En segundo lugar, la inexistencia de infracción del art. 1 LDC y del art.. 101 TDFUE por ausencia de conducta ilícita alguna y subsidiariamente declare que no procede imponer sanción a BRUSELAS MOTOR o en último término proceda a la disminución de la multa en los términos solicitados en los fundamentos del presente escrito.
Todo ello con expresa imposición de las costas causadas."
SEGUNDO .- El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.
TERCERO.- Mediante diligencia de ordenación de 23 de febrero de 2016, se fijó la cuantía del recurso en 234.250 euros
CUARTO.- En virtud de Auto de 24 de febrero de 2016, se tuvo por reproducida la documental propuesta y el expediente administr