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AP Barcelona, Sec. 13.ª, 295/2007, de 19 de octubre. Recurso 734/2006

Ponente: MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
SP/AUTRJ/146995
 No existe nulidad de actuaciones del auto despachando ejecución cuando ésta se solicita antes del transcurso de 20 días desde que se dicta sentencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Martorell en autos de Ejecución de títulos judiciales 124/2006 promovidos por Ángeles contra Luis Alberto se dictó auto con fecha 30 de mayo de 2006 cuya parte dispositiva dice:
" DECIDO DESESTIMAR la oposición a la ejecución formulada en su día por el ejecutado y habiéndose consignado la cantidad por la que se despachó ejecución, se da por finalizada la ejecución despachada, debiendo procederse a la liquidación de intereses y costas de ejecución procedentes. Condeno en costas a la parte ejecutada."
SEGUNDO.- Contra el anterior auto se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo traslado a la parte contraria, y se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la votación y fallo el día 25 de septiembre de 2007.
TERCERO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el/la Magistrado/a Iltmo/a . Sr/a. D/Dª M. DELS ÀNGELS GOMIS MASQUE.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Despachada por auto de fecha 14.3.2006 ejecución de título judicial consistente en auto de fecha 18.1.2006 que aprobada la Tasación de costas practicada en el procedimiento de menor cuantía 333/98, el ejecutado se opone a la misma interesando su nulidad con fundamento en lo dispuesto en el art. 559 LEC , alegando que se despachó ejecución contra una persona que carece de tal caracter (Dª Luisa , su madre, ya fallecida y que no ha sido condenada al pago de las costas cuya ejecución se pretende) y que la presentación de la demanda ejecutiva infringe lo dispuesto en el art. 548 LEC , al no haber transcurrido el plazo de veinte días previsto en dicho precepto.
Desestimada la oposición, el ejecutado interpone el presente recurso de apelación impugnando dicha resolución, reiterando los argumentos en los que basó su oposición en lo que se refiere al tema del espacio temporal.
SEGUNDO. - Para la resolución del presente recurso es preciso partir de los siguientes datos fácticos:
a)En fecha 18.1.2006 dictó auto aprobando la tasación de costas, que fue notificado a las partes, a través de su representación procesal, el día 24.1.2006.
b)En fecha 6.2.2006 se presentó demanda ejecutiva de dicho auto ante el Decanato, demanda que fue turnada al Juzgado competente en fecha 15.2.2006 .
c)En fecha 14.3.2006 se dictó auto despachando la ejecución interesada.