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TSJ Galicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 236/2019, de 8 de mayo. Recurso 4345/2017

Ponente: JULIO CESAR DIAZ CASALES
SP/SENT/1009701
 Aprecia la indemnización correspondiente al ejecutante por inejecución de sentencia; sobre licencia y acuerdo de demolición; fija definitivamente la cantidad por los perjuicios derivados del seguimiento del recurso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- De la resolución recurrida .
El objeto del presente recurso de apelación son los autos de 18 de abril de 2017 y de 22 de mayo de 2017, dictados por la Magistrada-Jueza del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de los de Pontevedra , en los que cifra la indemnización correspondiente al ejecutante por inejecución de la sentencia de 28 de mayo de 2009 , dictada en el Procedimiento Ordinario 363/07 por la que se anuló la licencia de construcción compuesto de dos bloques y se ordenaba la demolición de uno de ellos, en la cantidad de 17.937,47 €;.
SEGUNDO .- De los motivos del recurso de apelación esgrimidos por el recurrente-ejecutante, ahora apelante .
El ejecutante, ahora apelante, señala que en relación con las facturas 7 y 10 hay una diferencia entre la realidad de lo abonado y lo indemnizado de 190,22 €; -que se deriva de lo aprobado por las costas y la retención de IRPF- en cuanto a la factura 14 no está de acuerdo en que "resto de los honorarios" en que coincida con la factura de 2014 sino que debe incluirse la cantidad de 2.000 €; e incrementado en el 21% de IVA por lo que el importe debe ascender a 2.420 €;.
Señala que en las facturas no puede detraerse el importe correspondiente a la parte de retención de IRPF tanto en las facturas de la abogada como de los peritos que ascienden a 400 €;.
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