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Laboral y Seguridad Social

TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 2842/2019, de 4 de junio. Recurso 969/2019

Ponente: FELIPE SOLER FERRER
SP/SENT/1016694
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 Variación sustancial de la demanda: solicitud en el acto del juicio de nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales; nuevo argumento jurídico para sostener la nulidad del cese sin alterar el sustrato fáctico de la demanda
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 Tutela de derechos fundamentales: falta de citación e intervención en el proceso del Ministerio Fiscal; efectos
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 Vulneración del derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal: instalación de videocámara sin informar previamente a las trabajadoras de sus derechos relativos a la protección de datos de carácter personal
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 Efectos sobre la calificación del despido de la ilicitud en la obtención de la prueba: despido nulo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 2 de enero de 2018 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 23 de julio de 2018 , que contenía el siguiente Fallo:
"Estimo la demanda presentada per Margarita , contra El Corte Inglés, SA, i Fons de Garantia Salarial, sobre acomiadament, declaro la nul·litat de l'acomiadament de la demandant realitzat amb efectes del dia 05.12.17, i en conseqüència condemno l'empresa demandada que readmeti a l'actora en el seu lloc de treball, i el pagament d'una quantitat igual a la suma dels salaris deixats de percebre des de la data de l'acomiadament fins la data de la reincorporació al seu lloc de treball a raó del salari de 38,75 euros diaris.
Condemno l'empresa El Corte Inglés, SA, al pagament a l'actora d'unaindemnització de 4.000 euros per la vulneració del dret fonamental de la demandant a la protecció de dades.
Absolc el Fons de Garantia Salarial, sense perjudici de les responsabilitats legals."
SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
" Primer . La part demandant Sra. Margarita , DNI
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