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Laboral y Seguridad Social

Juzgado de lo Social Palma de Mallorca, n.º 5, 201/2019, de 5 de junio. Recurso 72/2019

Ponente: RICARDO MARTIN MARTIN
SP/SENT/1020593
Gestión Documental
 Despido improcedente: la empresa no entrega a oficial 3ª la carta de despido, poniendo en su conocimiento los motivos, sino que lo hace a través de un mensaje de whatsapp; incumplimiento de requisitos formales
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. En fecha 25 de enero de 2019 tuvo entrada en el Juzgado Decano demanda presentada por la parte actora dirigida frente a las empresas DCC Global Servicies S.L. y Ferrovial Agromán S.A. en materia de despido y reclamación de cantidad cuyo conocimiento correspondió a este Juzgado por turno de reparto, en la que después de alegar los hechos que creyó oportunos, suplicó a este Juzgado dictase sentencia de acuerdo con los pedimentos vertidos en el suplico de la misma.
SEGUNDO. Admitida a trámite la demanda y señalado día y hora para la celebración de los actos de conciliación y juicio, comparecieron únicamente la parte actora y la demandada Ferrovial Agromán S.A. no así DCC Global Servicies S.L. pese a hallarse citada en legal forma. Alcanzado acuerdo de conciliación ante la Letrada de la Administración de Justicia entre la parte actora y la codemandada Ferrovial Agromán S.A. respecto de la acción de reclamación de cantidad, se dio inicio al acto de juicio respecto de la acción de despido, continuando la parte demandante el proceso únicamente frente a la empresa DCC Global Servicies S.L.. Abierto el juicio la parte actora se afirmó y ratificó en su demanda, realizando las alegaciones que estimó pertinentes. Practicadas las pruebas propuestas y admitidas y evacuado en trámite de conclusiones quedaron los autos pendientes de dictar sentencia.
TERCERO. En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
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