CARGANDO...

Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 22 de enero de 2008. Recurso 3679/2006

Ponente: LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
SP/SENT/165965
Gestión Documental
 Carga de la prueba respecto de la existencia del despido: falta de contradicción
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Extensión de salarios de tramitación para supuesto de anuncio de cese voluntario en determinada fecha con despido antes de la misma: falta de fundamentación
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 29 de julio de 2005, el Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que DESESTIMANDO la demanda formulada por Luis Manuel, contra la empresa ALCAMPO, S.A, debo ABSOLVER y ABSUELVO a la precitada demandada de las pretensiones en su contra formuladas".
SEGUNDO.- En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos: 1º.- El demandante don Luis Manuel, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada Alcampo, S.A, con antigüedad de 13 de febrero de 1999, categoría profesional de Prof.ne y salario mensual prorrateado de 1.388,29 euros. 2º.- En fecha 8 de marzo de 2005, el actor comunicó a la empresa, por escrito, su baja voluntaria con efectos desde el día 31 de marzo de 2005 (documento 4 actor y 3 demandada). 3º.- El 2 de marzo de 2005 el actor había solicitado a la empresa 10 días de vacaciones de invierno para disfrutar en el periodo del 7 al 16 de marzo de 2005, permiso que le fue concedido en la misma fecha de solicitud (documento 2 actor). 4º.- Con fecha 17 de marzo de 2005, el actor remite a la empresa burofax haciendo constar lo siguiente: Al Departamento de RR.HH. Habiendo sido despedido verbalmente el día 17 de marzo de 2005, se requiere a la empresa para que si transcurrido e plazo de 24 horas del percibo del presente sin comunicar la readmisión se entiende ratificado el despido. 5º.- El 18 de marzo de 2005, la empresa, en contestación a la
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos