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Laboral y Seguridad Social

TSJ Navarra, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 22/2017, de 19 de enero. Recurso 551/2016

Ponente: MARIA DEL CARMEN ARNEDO DIEZ
SP/SENT/891418
Gestión Documental
 Despido procedente por usar el teléfono móvil en el puesto de trabajo contraviniendo las normas internas de la empresa
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Ante el Juzgado de lo Social nº TRES de los de Navarra, se presentó demanda por DON Alexander , en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia por la que se condene a la empresa demandada a readmitirle en su anterior puesto de trabajo, condenándole a abonar los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar, o bien, optar en el plazo de cinco días desde que se dicte la sentencia a la indemnización por despido improcedente que legalmente corresponda en función de la antigüedad y salario que se reconozca en dicha sentencia.
SEGUNDO: Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por la Letrada de la Administración de Justicia. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.
TERCERO: Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que DESESTIMANDO la demanda de impugnación de despido disciplinario deducida por D. Alexander frente a CONGELADOS DE NAVARRA SAU, DEBO DECLARAR Y DECLARO procedente el despido del demandante y, en consecuencia, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la empresa demandada de las pretensiones frente a ella deducidas."
CUARTO : En la anterior sentencia se d
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