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Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 321/2017, de 18 de abril. Recurso 2771/2015

Ponente: JORDI AGUSTI JULIA
SP/SENT/900326
Gestión Documental
 El despido injustificado de trabajadora con reducción de jornada para el cuidado de familiar es nulo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 16 de octubre de 2013, el Juzgado de lo Social número 15 de Madrid, dictó sentencia , en la que como hechos probados se declaran los siguientes: "PRIMERO .- La actora, Dª Valle prestaba servicios para la empresa demandada EUROCEN EUROPEA DE CONTRATAS SAU con antigüedad de 14- 11-04, ostentando la categoría profesional de Teleoperador Especialista, y percibiendo un salario mensual bruto prorrateado de 1.017'21 euros más 65'52 euros de plus nocturnidad,, en función de la jornada realizada del 87'18%.- SEGUNDO .- Mediante carta de 21-03-13 la empresa demandada notificó a la trabajadora su decisión de extinguir el contrato de trabajo por causas objetivas, derivadas de las faltas de asistencia al trabajo. El contenido de dicha carta, que está adjuntada al escrito de demanda, se tiene por reproducido en este apartado. En esa fecha le fue abonada la cantidad de 5.937'99 euros en concepto de indemnización por despido.- TERCERO .- Con fecha 27-01-11 la actora solicitó reducción de jornada por cuidado de familiar, realizando desde esa fecha una jornada del 87'18%.- CUARTO .- En el periodo 26-02-12 a 26-02-13 (42 jornadas hábiles), la actora permaneció en situación de Incapacidad Temporal los siguientes días: 26-04-12 a 04-01-13.- 18-02-13 a 26-02-13.- QUINTO .- En el periodo 26-02-12 a 26-02-13 el total de jornadas hábiles en la empresa fueron 208; y el total de días en situación de Incapacidad Temporal de la actora fuero 17, en los meses de diciembre 2012, enero y febrer
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