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TJCE/TJUE, Sala Primera, de 26 de marzo de 2020. Recurso C-779/18

Ponente: C. Toader
SP/SENT/1042417
 Contratos de crédito al consumo: el concepto de "coste del crédito no correspondiente a intereses", no comprendido en la Directiva 2008/48, se puede legislar y aplicar su método de cálculo
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ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29), y de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo (DO 2008, L 133, p. 66; corrección de errores en DO 2009, L 207, p. 14; en DO 2010, L 199, p. 40, y en DO 2011, L 234, p. 46).
Esta petición se ha presentado en el contexto de dos litigios, acumulados por el órgano jurisdiccional remitente, entre Mikrokasa S.A. y Revenue Niestandaryzowany Sekurytyzacyjny Fundusz inwestycyjny Zamkniety (en lo sucesivo, «Revenue»), por un lado, y XO, por otro, en relación con sendos requerimientos de pago de las cantidades adeudadas en virtud de dos contratos de crédito al consumo.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Directiva 93/13
Los considerandos decimotercero y vigesimocuarto de la Directiva 93/13 exponen lo siguiente:
«Considerando que se supone que las disposiciones legales o reglamentarias de los Estados miembros por las que se fijan, directa o indirectamente, las cláusulas de los contratos celebrados con los consumidores no contienen cláusulas abusi