Apartamentos Turísticos y Viviendas Uso Vacacional
AP Madrid, Sec. 20.ª, 218/2022, de 15 de junio. Recurso 78/2022
Ponente: MARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
SP/SENT/1159370
Nulidad del acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios que introduce una cláusula estatutaria que no persigue limitar o condicionar el uso turístico, que es lo que permite el art. 17.12 LPH, sino prohibir esa actividad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por Juzgado de 1ª Instancia nº 43 de Madrid se dictó sentencia de fecha 08/10/2021, cuyo fallo es del tenor siguiente:
"Que desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de la mercantil SPANISH HERITAGE, S.A. contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 NUM000 DE MADRID, absolviendo a la demandada de las pretensiones ejercitadas de contrario. Las costas del presente procedimiento se imponen al demandante.".
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Por la representación procesal de SPANISH HERITAGE, S.A se interpuso demanda frente a la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 de Madrid, en cuya virtud interesó la nulidad del acuerdo adoptado en el punto segundo de la junta general extraordinaria celebrada el día 5 de febrero de 2020 y, subsidiariamente, la declaración de irretroactividad de dicho acuerdo.
La parte demandada se opuso a las pretensiones deducidas en su contra, alegando que se había cumplido con las mayorías previstas en el artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para adoptar el acuerdo que requiere el consentimiento unánime de la comunidad para el alquiler de pisos con fines turísticos.
La sentencia de instancia desestima la demanda, y frente a la misma se alza SPANISH HERITAGE, S.A, con invocación de los siguientes motivos de impugnación: (i) infracción del artículo 17.12 de la LPH; (ii) vulneración del artículo 33 de la Constitución Española; (iii) incongruencia por omisión de pronunciamiento respecto de pretensión articulada con carácter subsidiario; (iv) infracción del art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por la indebida imposición de las costas procesales a la demandante.
SEGUNDO.- Se sostiene en la demanda que la mercantil actora es propietaria de varias viviendas en el edificio de la DIRECCION000 NUM000, y viene explotando las sitas en los pisos NUM001 y NUM002 mediante su arrendamiento en