SP/SENT/160900
AP Madrid, Sec. 11.ª, 18/2008, de 5 de febrero
Recurso 190/2007. Ponente: FELIX ALMAZAN LAFUENTE.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
SEGUNDO.- Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 71 de MADRID , por el mismo se dictó sentencia con fecha 10 de octubre de 2006 , cuya parte dispositiva dice: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Baena Jimémez, en nombre y representación de Banco Vitalicio de España, contra Dº Claudio , representado por la Procuradora Sra. Plaza Villa y contra D. Carlos Ramón , representado por la Procuradora Sra. Ayuso Gallego , debo condenarlos solidariamente a que abonen a la parte actora la suma de 72.727 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda; en cuanto a las costas, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad." Habiéndose dictado Auto Aclaratorio con fecha 2 de noviembre de 2006 . Notificada dicha resolución a las partes, por Carlos Ramón , Claudio se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que se opuso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 5 de diciembre de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.
TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar senten