SP/SENT/233513
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 6 de mayo de 1994
Recurso 1003/1991. Ponente: JOSE MARIA RUIZ-JARABO FERRAN.
TR I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo
Contencioso-Administrativo
Sección:
S E N T E N C I A
Fecha de Sentencia: 06/05/1994
REC. REVISION
Recurso Núm.: 1003/1991
Ponente: Excmo. Sr. D. José María Ruiz-Jarabo y Ferrán
Excmos. Sres.:
Presidente:D. Angel Rodríguez García Presidente de Sala____________________________________
En la Villa de Madrid, a seis de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.VISTO por la Sección Primera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el presente recurso de revisión número 1.003/91, interpuesto por la Comunidad de Madrid, representada y defendida por el Letrado de la Dirección General de los,Servicios Jurídicos Sr. A. P., contra la sentencia dictada el 27 de marzo de 1.991 por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en el recurso número 373/89, sobre imposición de sanción de multa a una Agencia de Viajes.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Agencia de Viajes PULLMANTUR, S.A., interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Consejero de Economía de la Comunidad de Madrid de fecha 30 de enero de 1.989, confirmatoria en vía de reposición de la resolución de la Dirección General de Turismo de 24 de noviembre de 1.987, por la que se sancionó con una multa de 60.000 pesetas a la mencionada entidad mercantil, recurso en el que seguido por sus trámites, recayó sentencia de fecha 27 de marzo de 1.991, por la que se estimó dicho recurso y se anularon las resoluciones impugnadas.
SEGUNDO.- Notificada a las partes la antes mencionada sentencia, el Letrado de la Comunidad de Madrid interpuso contra la misma recurso de revisión en escrito presentado el 26 de abril de 1.991, con fundamento en el motivo previsto en el apartado b) del artículo 102-1 de la Ley de esta Jurisdicción.
TERCERO.- Pasadas las actuaciones al Ministerio Fiscal a los efectos del artículo 1.802 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el mismo se informó que procedía la admisión a trámite del recurso.
CUARTO.- Por último, en providencia del 5 de abril último se señaló el día 25 del mismo mes para la votación y fallo del recurso, fecha en la que tuvo lugar el acto.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. JOSÉ Mª RUIZ-JARABO FERRÁN, .