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SP/SENT/236700

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 7.ª, de 14 de julio de 2005

Recurso 7517/1999. Ponente: JOSE DIAZ DELGADO.
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a catorce de Julio de dos mil cinco.
Visto por Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados Excmos. Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación, que, con el nº 7517/99, pende ante ella de resolución, interpuesto por UNION SINDICAL OBRERA (U.S.O.), representada por DOÑA Daniela, contra,la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso contencioso- administrativo numero 04/256/1997, de fecha 9 de junio de 1999, seguido ante la misma e interpuesto contra la resolución dictada por la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 3 de febrero de 1997 , por la que se ordena la publicación del segundo acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Publicas de fecha 23 de diciembre de 1996.
En este recurso de casación ha comparecido, en calidad de recurrido, el Abogado del Estado, en la representación que le es propia, y LA FEDERACIÓN SINDICAL DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE COMISIONES OBRERAS, representada por la Procuradora Doña Isabel Cañado Vega.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dictó sentencia, recaída en el recurso contencioso-administrativo numero 04/256/1997, de fecha 9 de junio de 1999, cuya parte dispositiva dispone : "Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada DOÑA ESTRELLA ZAMBRANA QUESADA, en la representación de UNION SINDICAL OBRERA (U.S.O), contra la resolución descrita en el primero de los fundamentos jurídicos de esta Sentencia , debemos confirmar y confirmamos la resolución objeto del recurso. Todo ello sin haber lugar a la imposición de costas de ninguna de las partes".
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia interpone recurso de casación DOÑA ESTRELLA ZAMBRANA QUESADA, en la representación de UNION SINDICAL OBRERA (U.S.O), en el que alega como único motivo, el de la vulneración de los artículos 7,14 y 28.1 de la Constitución Española.
TERCERO.- La representación procesal de LA FEDERACIÓN SINDICAL DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE COMISIONES OBRERAS evacuó el traslado conferido para oposición solicitando a la Sala se declare la desestimación del recurso de casación por entender que no se vulneraban los preceptos citados en la interposición del citado recurso, alegando al respecto la doctrina del Tribunal Constitucional y la Jurisprudencia acerca de la libertad sindical.
CUARTO.- El Abogado del Estado, en la representación que le es propia