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SP/SENT/247888

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, de 10 de mayo de 2006

Recurso 397/2005. Ponente: ANGEL NOVOA FERNANDEZ.
SENTENCIA
Madrid, a diez de mayo de dos mil seis.
Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Quinta de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 397/2005, se tramita a
instancia de PARQUES URBANOS, S.A., entidad representada por el Procurador D. Jorge Deleito
García, contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 7 de febrero de
2003, sobre liquidación del Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1990; y en el que la
Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado,
siendo la cuantía del mismo 230.328,8 euros.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte indicada interpuso, en fecha 28 de marzo de 2003, este recurso respecto de los actos antes aludidos, admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se entregó éste a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo; y en ella realizó una exposición,fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el suplico de la misma, en el que literalmente dijo:"que , teniendo por presentado este escrito y los documentos que lo acompañan , tenga por formalizada la demanda en el presente recurso contencioso administrativo, con expresa devolución del expediente administrativo, y en mérito de lo que en él se dice, y, previa la tramitación legalmente procedente, dicte sentencia estimatoria por la que: (i) Anule tanto la resolución del T.E.A.C. , recaída en la reclamación económico administrativa RG: 281/00; RS 1039/00, dictada en sesión del día 7 de febrero de 2003, como, en consecuencia, la sanción de 230.328,80 euros impuesta a mi representada. (ii) Condene a la administración demandada al pago de las costas del presente procedimiento.".
SEGUNDO.- De la demanda se dio traslado al Sr. abogado del estado, quien en nombre de la Administración demandada contestó en un relato fáctico y una argumentación jurídica que sirvió al mismo para concretar su oposición al recurso en el suplico de la misma, en el cual solicitó "Que tenga por recibido este escrito en unión del expediente administrativo y