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SP/SENT/249496

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, de 16 de noviembre de 2006

Recurso 74/2004. Ponente: PEDRO JOSE YAGÜE GIL.
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Noviembre de dos mil seis.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Quinta por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación para la unificación de doctrina número 74/2004 interpuesto por la mercantil Moquengui, S.A. contra la sentencia dictada con fecha 30,de junio de 2003 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en recurso 271/99, sobre licencia de segregación de finca. Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Ante Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia de Baleares, se ha seguido el recurso 271/99 interpuesto por la mercantil Moquengui , S.A. contra resolución de 25 de enero de 1999 de la Comisión de Gobierno del ayuntamiento de Selva, por la que se denegó licencia de segregación solicitada en relación a la finca rústica Son Fuster, polígono 7, parcela 3 y polígono 5, parcela 37, así como la denegación de certificación de acto presunto.
SEGUNDO.- Dicho Tribunal dictósentencia con fecha 30 de junio de 2003, desestimando el recurso interpuesto. Contra la citada sentencia la mercantil Moquengui, S.A. interpuso el presente recurso de casación para la unificación de doctrina dando traslado a las parte recurrida para su oposición, formalizándose la misma y se elevaron las actuaciones al Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes
TERCERO.- Elevadas la actuaciones por providencia de 11 de febrero de 2004 de la sección Primera de esta Sala se formó el presente rollo de casación para la unificación de doctrina, remitiéndose a la Sección Quinta. Por providencia de 25 de febrero de 2004 quedó pendiente de señalamiento para su Votación y Fallo, señalándose al efecto el día 14 de Noviembre de 2006, fecha en que ha tenido lugar.
Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil ,