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SP/SENT/255271

TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 655/2006, de 11 de abril

Recurso 1889/2002. Ponente: RAFAEL PEREZ NIETO.
TSJCV
Sala Contencioso Administrativo
Sección Tercera Rº 1889/02
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
En la ciudad de Valencia a 11 de abril de 2006.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don José Bellmont Mora, Presidente, don Luis Manglano Sada y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 1889/02, en el que han sido partes, como recurrente, la entidad "José Luis Carsi" S.L., representada por la Procuradora Sra. Herrero Gil y defendida por el Letrado Sr. Hernández Giménez, y como demandada la Diputación Provincial de Castellón, que actuó bajo la representación que le es propia. La cuantía se ha fijado en 3.096,25 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Interpuesto recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que quedó ejercitada su pretensión de que se condene a la Diputación Provincial de Castellón al pago de la cantidad de 3.096,25 euros, en concepto de principal e intereses de demora en el pago de facturas de suministros al Hospital Provincial de Castellón, más los intereses de los intereses.
SEGUNDO.- La parte demandada, la Diputación Provincial de Castelló, dedujo escrito de contestación en que solicitó la inadmisión del recurso contencioso-administrativo.
TERCERO.- El proceso se recibió a prueba. En trámite de conclusiones la parte actora interesó únicamente el pago de los intereses de demora en el abono de las facturas que, según la parte, ascienden a 164,93 euros, más los intereses de los intereses. La parte demandada se mostró conforme con la pretensión. Los autos quedaron pendientes para votación y fallo.
CUARTO.- Se señaló para votación y fallo el día 11 de abril de 2006.
QUINTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.