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SP/SENT/259409

TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 1217/2007, de 11 de julio

Recurso 196/2004. Ponente: ROSARIO VIDAL MAS.
Nº 196/04
RECURSO NÚMERO 196/04
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
Ilustrísimos Señores
Presidente
Don JOSE BELLMONT MORA
Magistrados
Don RAFAEL PEREZ NIETO
Doña ROSARIO VIDAL MAS
En la ciudad de Valencia, a 11 de julio de 2007.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 196/04, interpuesto por el Procurador DOÑA ROSARIO ARROYO CABRIA, en nombre y representación de HOSPITAL VALENCIA AL MAR S.L., contra la desestimación presunta por la Consellería de Sanidad de la reclamación formulada el 8 de septiembre de 2003 por impago de intereses de demora por el pago tardío de servicios efectuados, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, Generalidad Valenciana, representada por su Letrado, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
SEGUNDO.- El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
TERCERO.- Habiéndose recibido el proceso a prueba, con el resultado que obra en las actuaciones, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
CUARTO.- Se señaló para votación y fallo el día 10.7.07.
QUINTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.