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SP/SENT/260642

TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 2 de mayo de 2000

Recurso 2685/1999. Ponente: JUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZ.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) representado y defendido por el Procurador Sr. A.W., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del,Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 22 de Junio de 1999, en el recurso de suplicación nº 2169/99, interpuesto frente a la sentencia dictada el 8 de Febrero de 1999 por el Juzgado de lo Social nº 1
8 de Madrid, en los autos nº 728/98, seguidos a instancia de Dª. E.P.G.
contra dicho recurrente, sobre viudedad.
Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido M.E.P.G., representado y defendido por el Letrado Sr. T,.M..
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 22 de Junio de 1999 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia, en virtud del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº
18, en los autos nº 728/98, seguidos a instancia de Dª. E.P.G.
contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sobre viudedad.. La parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid es del tenor literal siguiente: "Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por I.N.S.S. y T.G.S.S., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 18 de los de MADRID, de fecha ocho de febrero de mil novecientos noventa y nueve, en virtud de demanda formulada por E.P.G., contra la parte recurrente, en reclamación de viudedad, y, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia".
SEGUNDO.- La sentencia de instancia, de 8 de Febrero de 1999 , dictada por el Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid, contenía los siguientes hechos probados: " 1º.- Dª. Mª. E.P.G., D.N.I. --------- C, nació el 3.1.65. ...2º.- Dª. Mª. E.P.G. contrajo matrimonio con D. J.A.M.T., en fecha 30 de abril de 1994 y, en fecha 6 de junio de 1996, se estimó la demanda de separación formulada por los conyuges. ...3º.- El día 24.2.98 fallece el Sr. M., ...4º.- Solicitada la pensión de viudedad, se comunica a la Sra. P. que reune los requisitos para tener der