SP/SENT/261243
TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 25 de enero de 2000
Recurso 1317/1999. Ponente: GONZALO MOLINER TAMBORERO.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social en nombre y representación de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia de fecha 23,de febrero de 1999 (rollo 2397/98), dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, en recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de octubre de 1998, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Salamanca, en autos nº 345/98, seguidos a instancia de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra D.A.S.M.
sobre revisión de acto declarativo de derechos.
ANTECEDENTES DE HECHO
,PRIMERO.- Con fecha 23 de octubre de 1998 el Juzgado de lo Social número 2 de Salamanca dictó sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos: "1º) D.A.S.M., abogado en ejercicio en el Colegio de Abogados de Salamanca, solicitó el 14.10.97 el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social acordó aceptar el alta con efectos del día 12.5.97, en el citado Régimen Especial. Contra esta resolución se interpuso reclamación previa, interesando que la fecha de efectos fuera la de 14.10.97. Requerido el hoy demandado para aportar certificación de baja en la Mutualidad General de Previsión de la Abogacía, el 20.2.98 presentó escrito manifestando que no ha causado baja en la misma por ser compatible con la afiliación en el RETA. 2º) El actor ejerce como abogado desde el 11.12.1985, estando afiliado a la Mutualidad General de la Abogacía desde el 1.1.86, siendo baja de 1.7.96 a 6.5.97 y de 1.7.97 a 16.7.98, habiéndose dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas el 12.5.97. 3º) El 24.7.98 la Tesorería General de la Seguridad Social interpuso demanda de revisión de acto declarativo de derechos contra D.A.S.M., suplicando sea revocada la Resolución de la TGSS de 7.11.97 por la que se aceptó su alta en el RETA."
En dicha sentencia aparece la siguiente parte dispositiva:
"Que estimando la demanda presentada por la TESORERIA GENERAL