SP/SENT/261582
TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 5 de octubre de 2000
Recurso 3045/1999. Ponente: JESUS GULLON RODRIGUEZ.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Letrada Dª Marta L.A., en nombre y representación de Dª ADRIANA M.M., contra la sentencia de 6 de julio de 1.999 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal,Superior de Justicia de Madrid en el recurso de suplicación núm. 2697/99, interpuesto por el Instituto demandado contra la sentencia de 9 de marzo de 1.999 dictada en autos 11/99 por el Juzgado de lo Social núm. 21 de los de Madrid seguidos a instancia de Dª ADRIANA M.M. contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, sobre desempleo
Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido, el Instituto Nacional de Empleo representado por, el Abogado del Estado.
ANTECEDENTES DE HECHO
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PRIMERO.- Con fecha 9 de marzo de 1.999, el Juzgado de lo Social núm 21 de los de Madrid, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que estimando la demanda formulada por Dª ADRIANA M.M. frente a INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la prestación por desempleo nivel contributivo, con una base reguladora de 138.000 pts. por un periodo de 720 días, y con efectos de 22-10-97 anulando la resolución de 13-9-98, debiendo dicho demandado estar y pasar por la presente declaración.".
En la anterior sentencia se declararon probados los siguientes hechos: "1º.- Que en fecha 27-6-1985, se constituyó la compañía mercantil denominada CARNICERIA FERNANDO, S.L. por los socios: RAIMUNDO V.M., suscribe participaciones sociales por importe de 500.000 pts. del 1.000.000 pts. en que se divide su capital social y es designado en el propio acto fundacional administrador solidario, atribuyéndosele el ejercicio de las facultades de organización, dirección y gerencia de la empresa. Está casado con Adriana M.M., DNI.
1776843 bajo el régimen económico matrimonial de gananciales.- FERNANDO L.M., suscribe participaciones sociales por importe de 500.000 pts. del 1.000.000 pts. en que se divide su capital social y es designado en el propio acto fundacional administrador solidario, atribuyéndosele el ejercicio de las facultades de organización, dirección y gerenci