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SP/SENT/261683

TSJ Castilla-La Mancha, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 1200/2000, de 23 de octubre

Recurso 627/2000. Ponente: MARIA JOSE ROMERO RODENAS.
En el Recurso de Suplicación núm. 627/00, interpuesto por la representación de la F., contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Ciudad Real, en autos nº 591/99, siendo recurridos D.M.R.G.E.I.N.D.L.S.S.L.T.G.D.L.S.S.Y.T.A.S.A... Ha actuado como Ponente la Iltma. Srª. Dª Mª José Romero,Rodenas.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que, por el Juzgado de lo Social nº 1 de Ciudad Real, se dictó Sentencia con fecha de 8 de Febrero de 2.000, cuya parte dispositiva establece:
"FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda formulada por D.M.R.G., debo declarar que el actor se encuentra en situación de incapacidad permanente parcial,, condenando a la M.L.F.. a estar y pasar por dicha declaración y a abonar al demandante la indemnización de 3.665.520 pesetas, absolviendo al resto de los codemandados."
SEGUNDO.- Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:
"Primero.- En fecha 25 de Mayo de 1998 el hoy actor sufrió accidente de trabajo que le produjo fractura de la cabeza de la 2ª falange del 2º dedo de la mano derecha, así como herida inciso-contusa intefalángica proximal del 2º dedo de la mano derecha. Segundo.- Como consecuencia del mismo padece como secuelas cicatriz oblicua de 3,5 cm., pérdida de los últimos grados de flexión, con rigidez y dolor en el mencionado dedo. Tercero.- La profesión del demandante es la de peón forestal, desempeñando durante diez años puesto de trabajo para el que ha de emplearse una máquina motodesbrozadora al menos durante 3 horas diarias, y, en menor medida, otras herramientas como el hacha, la azada, etc. Cuarto.- La empresa tenia correctamente asegurado el riesgo de accidente de trabajo con la M.L.F..."
TERCERO.- Que, en tiempo y forma, por la