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SP/SENT/262639

TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, de 15 de septiembre de 2000

Recurso 2154/1997. Ponente: MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ.
En el recurso de Suplicación núm. 2154/97 interpuesto por D. C.B.M. contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 Pontevedra siendo Ponente el ILMO. SR. D. M.D.L..
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO - Que según consta en autos se presentó demanda por INSS en reclamación de JUBILACION siendo demandado D. C.B.M. en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 137/97 sentencia con mecha ocho de abril de mil novecientos noventa y siete por el Juzgado de referencia que estimó,la demanda.
SEGUNDO - Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
1º.- La demandada Dña C.B.M., nacida el 5 de julio ---- D.N.I. nº ---------- fue perceptora de una, pensión de vejez-sovi, con efectos de 1.2.88.- 2°.- No figura añilada, ni acredita cotizaciones al Régimen del sistema de la Seguridad Social ni sus antecedentes.- 3°.- Con fecha 4.7.96 el I.N.S.S. procede a la apertura del correspondiente expediente de revisión de actos declarativos de derechos. Por resolución de fecha 12.8.96 acuerda anular el derecho a pensión de jubilación-sovi, dándola de baja por reconocimiento indebido del derecho con efectos de 31 de agosto 96.- Se agotó la vía administrativa previa.
TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Luis I. D.L. letrado en representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra Dña C.B.M. anulo el derecho a la prestación reconocida y condeno a la demandada al reintegro de la cantidad de 2.463.385 Ptas mas 664.653 p