SP/SENT/43268
AP Madrid, Sec. 24.ª, 39/2003, de 23 de enero
Recurso 830/2002. Ponente: ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los Antecedentes de Hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Que en fecha, 30.04.02 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda formulada por la Procuradora ª María Josefa Gómez Olazabal en nombre y representación de Alejandro y Dª María Rosario debo acordar los siguientes pronunciamientos y Declarar la disolución del matrimonio por divorcio de D. Alejandro y Dª María Rosario .Ratificando las medidas acordadas en el convenio regulador de separación de fecha 13 de junio de 1995.
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Madrid. ( articulo 455 LECn ) El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna ( articulo 457.2 LECn)."
TERCERO.- Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª María Rosario , solicitando en su escrito de preparación del recurso, en base a las alegaciones contenidas en el mismo.
CUARTO.- Frente a tal pretensión, la parte apelada solicita la confir