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SP/DOCT/2089

Jurisprudencia Comentada. Julio 2004

Compatibilidad de la indemnización de préstamo para reparación e intereses moratorios

Carlos Salvador Nagore Archilla Responsable Asesoría Jurídica de Automóviles MAPFRE Mutualidad
La Sentencia de Instancia había entendido que, dado que el préstamo había sido solicitado en fecha posterior al siniestro y coincidente con la de emisión de la factura y por una cuantía exactamente igual al del monto final de ésta y por tanto compatible con la necesidad de dinero para el pago de la reparación, era razonable y procedente admitir, en términos de indemnidad, que el perjudicado por el hecho fuese reintegrado de los gastos que pueda originar el préstamo solicitado para hacer frente a la reparación, de cuyo importe no tiene porqué disponer, por lo que estimaba en el FALLO la “cantidad que se fije en ejecución de sentencia, por los costes del préstamo personal solicitado por el demandante…todo ello con más los intereses legales …, intereses incrementados para la aseguradora en un 50% desde la fecha de producción del siniestro”. El importe de dichos gastos de gastos de formalización de un préstamo ascendió a 204,94 euros.
Con independencia de la compensación de los gastos de concesión de un préstamo, cuyo principal se destine a la reparación del vehículo, por el importe de los intereses, comisiones y gastos derivados del mismo, siempre que quede probado que el principal se ha destinado al abono de la reparación del vehículo, analiza la sentencia comentada la compatibilidad de tales gastos con los intereses moratorios del artículo 20 de la L