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SP/DOCT/22591

Artículo Monográfico. Marzo 2017

La contestación a la demanda, reconvención y compensación en el juicio verbal

Departamento Jurídico de Sepín Procesal
Forma de la contestación a la demanda
La forma de la contestación debe ser por escrito o mediante los modelos normalizados de demanda de juicio verbal (conforme al Acuerdo de 22 de diciembre de 2015, CGPJ) (SP/FORM/6601).
Contenido de la contestación
El art. 438 LEC en su nueva redacción se remite a la contestación del juicio ordinario por lo que deberá contener:
– Excepciones procesales y de fondo.
– Exposición de todas las alegaciones: si no se presentan, preclusión y resto de efectos de la litispendencia.
– Necesaria mención sobre la pertinencia de celebración o no de vista.
Contenido de la contestación en casos especiales
Si se trata de juicios verbales es para recuperar la posesión de una finca rústica o urbana dada en arrendamiento por impago de renta, solo se admitirá al arrendatario alegar y probar circunstancias relativas a la procedencia de la enervación o el pago (art. 444.1).
Si se trata de procesos para la protección de derechos reales inscritos, para oponerse a la demanda el demandado, además de prestar caución, solo podrá alegar como motivos de oposición la falsedad en la certificación del Registro u omisiones que desvirtúen la acción ejercitada, la posesión del demandado en virtud de contrato, u otra relación jurídica o prescripción que deba perjudicar al titular, la inscripción de la finca o derecho a favor del demandado y así se justifique mediante la certificación correspondiente. Además, la finca que posee el demandado no ha de ser inscrita, todo ellos según dispone el art. 444.2 LEC.
Si se trata, en cambio, de procesos en materia de venta a plazos de bienes muebles y arrendamientos financieros, la oposición solo podrá fundarse en el art. 444.3, es decir, en pago acreditado documentalmente, en inexistencia o falta de validez de su consentimiento, incluido la falsedad de firma y en la falsedad del documento donde aparezca formalizado el contrato.
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