SP/DOCT/83611
Artículo Monográfico. Junio 2019
Aspectos jurídicos de la economía circular: normativa interna medioambiental
Faustino Gudín Rodríguez-Magariños. Magistrado. Profesor Asociado de la Universidad de Alcalá de Henares. Doctor en Derecho. Experto internacional colaborador con el Consejo de la Unión Europea en el área de Medio Ambiente
I. Panorama general
No vamos a hacer alusión aquí a las Leyes que ya hemos mencionado en otros apartados, pero sí es preciso dar una visión global del armazón normativo que cobija las principales Leyes medioambientales en nuestro país. Dentro del marco constitucional, el art. 45 CE configura el medio ambiente como un bien jurídico de cuyo disfrute son titulares todos los ciudadanos, y cuya conservación es una obligación que comparten los poderes públicos y la sociedad en su conjunto. Todos tienen el derecho a exigir a los poderes públicos que adopten las medidas necesarias para garantizar la adecuada protección del medio ambiente, para disfrutar del derecho a vivir en un medio ambiente sano. Correlativamente, impone a todos la obligación de preservar y respetar ese mismo medio ambiente. Para que los ciudadanos, individual o colectivamente, puedan participar en esa tarea de protección de forma real y efectiva, resulta necesario disponer de los medios instrumentales adecuados, cobrando hoy especial significación la participación en el proceso de toma de decisiones públicas. Pues la participación, que con carácter general consagra el art. 9.2 CE, y para el ámbito administrativo el art. 105, garantiza el funcionamiento democrático de las sociedades e introduce mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos.
Bajo el referido art. 45 subyace el derecho de los ciudadanos a gozar de una calidad de vida que sea coherente con la dignidad de la persona reconocida en el art. 10 de la Constituci