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AP Palencia, Sec. 1.ª, 144/2020, de 5 de mayo. Recurso 96/2020

Ponente: IGNACIO SEGOVIANO ASTABURUAGA
SP/SENT/1055249
 La valoración de la documental conforme a las reglas de la sana crítica y la admisión en la Audiencia Previa que se sustentan en la cantidad reclamada no pueden invalidarse
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 El cálculo realizado por el tribunal sobre la cantidad reclamada que no tiene porqué coincidir con la suma de las facturas aportadas impide la incongruencia aducida por los recurrentes
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 Que la comunidad de propietarios haya decidido no cobrar las cuotas del servicio de calefacción por la desconexión del servicio es un acto voluntario pero no un derecho de los demandados
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 Se confirma el acuerdo de la Junta de propietarios que autoriza el ejercicio de acciones judiciales contra los demandados que no pagaron la deuda, así como las cantidades que los mismos deben abonar por impago
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice:
"ESTIMAR íntegramente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de Palencia frente a D. Rafael y Dª Felicisima, declarando su obligación: -De abonar a la comunidad de propietarios la cantidad de D IEZ MIL NO VEC IEN TOS CU ARENTA Y C UATRO EURO S C ON CERO SIETE CÉNTIMOS (10.944,07 €;), más el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda.-De estar y pasar por la mencionada declaración. Todo ello con imposición de las COSTAS PROCESALES a la parte demandada".
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia presentó la parte demandada, escrito de interposición del presente recurso de apelación, del que, una vez admitido, se dio traslado a la partes contraria para que en el plazo de diez días presentara escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada .
TERCERO.- La parte actora presentó, dentro de plazo ,escrito de oposición al recurso de apelación formulado por la contraria, remitiéndose seguidamente los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida que se dan aquí por reproducidos
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Contra la sentencia de fecha 10 de enero de 2020, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palencia, en la que se estimó la demanda interpuesta por la parte actora, en la que se ejercitaba una acción de reclamación de cantidad, se interpone ahora por la parte demandada el presente recurso de apelación, en el que se insiste de nuevo en las mismas peticiones de la contestación a la demanda, consistentes en que se le absuelva de las pretensiones deducidas contra ella.
En el recurso, como motivación de la impugnación, se sostiene básicamente que ha habido infracción procesal por admisión de documentos en la Audiencia Previa ,por otorgar valor probatorio a documentos impugnados que no han sido cotejados, ni adverados, subsidiariamente, incongruencia entre las cantidades reclamadas y las que se reflejan en los documentos acompañados, subsidiariamente, error de hecho y de derecho al no eximir de pago por el uso de la calefacción, cuando se acredita la previa desconexión del servicio, y falta de la notificación previa de la cantidad adeudada.
Por su parte, la parte actora solicita la confirmación de la sentencia recurrida
SEGUNDO.- Que comenzando por la denuncia de infracción procesal, por admisión de documental en el acto de la Audiencia Previa, decir que dicho motivo debe ser desestimado, ya que el art. 265.3 de la LEC establece que ... "No obstante lo dispuesto en los apa