SP/SENT/233548
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 13 de mayo de 1994
Recurso 9709/1992. Ponente: MELITINO GARCIA CARRERO.
TR I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo
Contencioso-Administrativo
Sección:
S E N T E N C I A
Fecha de Sentencia: 13/05/1994
RECURSO ORDINARIO
Recurso Núm.: 9709/1992
Ponente: Excmo. Sr. D. Melitino García Carrero
Excmos. Sres.:
Presidente:D. César González Mallo ____________________________________
En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.Visto el recurso contencioso-administrativo que ante Nos pende, en grado de apelación interpuesto por Dª. O. S. G., Dª. M. L. B. C., D. J. F. D. Y Dª. M. L. F. G., representados y defendidos por el Letrado D. José Garrido Palacios,,contra la sentencia de la Sala de este orden jurisdiccional (Sección 6ª) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de septiembre de 1989 dictada en recurso nº 2774/87, sobre provisión de plazas de sociólogos del Ayuntamiento de Madrid; en el que ha comparecido como parte apelada dicho Ayuntamiento.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Fallo de la sentencia apelada declara: ""que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Dª. O. S. G., Dª. M. L. B. C., D. J. F. D. y Dª. M. L. F. G. contra la resolución de la Jefatura de la Sección de Personal del Ayuntamiento de Madrid de 8 de octubre de 1987, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución que resuelve las pruebas selectivas para cubrir 8 plazas de sociólogos de dicha Corporación Local demandada, debemos declarar y declaramos tal resolución conforme con el ordenamiento jurídico. No se hace expresa imposición de las costas procesales ocasionadas"".
SEGUNDO.- Contra la citada sentencia interpusieron los demandantes recurso de apelación mediante escrito de 26 de julio de 1991 en el que recayó resolución de 28 de octubre siguiente denegatoria de su admisión a trámite, fundándola la Sala de instancia en tratarse de una cuestión de personal no incluida en la excepción del artículo 94.1.a, LJ. Interpuesto por la parte recurso de súplica la Sala dio lugar al mismo y admitió a trámite el presente recurso de apelación, acordando remitir las actuaciones y emplazar a las partes ante esta Sala del Tribunal Supremo, en la que han comparecido apelante y apelado.
TERCERO.- Seguido el procedimiento por el trámite de alegaciones escritas las formuló el apelante en escrito de 30 de septiembre de 1993 en el que tras de exponer las que consideró pertinentes para su