SP/SENT/233666
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 10 de junio de 1994
Recurso 6782/1992. Ponente: ENRIQUE CANCER LALANNE.
TR I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo
Contencioso-Administrativo
Sección:
S E N T E N C I A
Fecha de Sentencia: 10/06/1994
APELACION
Recurso Núm.: 6782/1992
Ponente: Excmo. Sr. D. Enrique Cancer Lalanne
Excmos. Sres.:
Presidente:D. César González Mallo ____________________________________
En la Villa de Madrid, a diez de Junio de mil novecientos noventa y cuatro.
Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo constituida con los señores al margen anotados el recurso de apelación que con el nº 6782 de 1992, ante la misma pende de resolución y tramitado conforme a la Ley 62/1978, interpuesto por la representación procesal del Sindicato de Médicos Titulares de Salamanca,(SIMETISA), contra sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Castilla-León de 27 de Marzo de 1992, dictada en recurso nº 1771/1991, sobre destino de Médico Titular. Habiendo sido parte apelada la Comunidad Autónoma de Castilla y León, representada y defendida por la Letrado de sus servicios jurídicos. Oído el Ministerio Fiscal.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia apelada contiene parte dispositiva que copiada literalmente dice: Fallamos; Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo imponiendo las costas del mismo al sindicato actor.
SEGUNDO.- Notificada la anterior sentencia por la representación de SIMETISA, se interpuso recurso de apelación ante la correspondiente Sala del Tribunal Supremo mediante escrito en el que después de alegar lo que estimó conveniente a su derecho suplicó a Sala lo admita.
Por providencia de 8 de Abril de 1992, se admite en un solo efecto y se acuerda emplazar a las partes y remitir las actuaciones y expediente a dicho Tribunal.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones en este Tribunal y personado y mantenida la apelación por el Procurador D. Juan Carlos Estevez Fernández Novoa; La Letrada de la Comunidad Autónoma de Castilla y León presenta escrito en el que después de alegar lo que convino a su derecho suplicó a Sala se le tenga por personado.
CUARTO.- El Ministerio Fiscal en la representación que le es propia emitió su informe en el sentido que se opone a la acogida al recurso de apelación.
QUINTO.- Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia de 6-6-94; en dicha providencia de señalamiento se oyó a las partes sobre la apelabilidad del asunto, sin que hubieran hecho manifestaciones sobre ese particular.