SP/SENT/246517
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 4.ª, de 20 de junio de 2006
Recurso 1621/2003. Ponente: SANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIA.
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinte de Junio de dos mil seis.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, ha visto el recurso de casación número 1621 de 2003, interpuesto por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, contra la entencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de,Galicia, de fecha veintiuno de noviembre de dos mil dos, en el recurso contencioso-administrativo número 6082 de 1998.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La ala de lo contencioso-administrativo del Tribunal superior de justicia de Galicia, dictó Sentencia, el veintiuno de noviembre de dos mil dos, en el Recurso número 6082 de 1998 en cuya parte dispositiva se establecía: "Estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Luis Enrique contra el Acuerdo adoptado el 9-7-98 en la sesión plenaria extraordinaria del Ayuntamiento de Verín por el que se desestimaron las alegaciones formuladas y se aprobó definitivamente el proyecto técnico presentado por "Proyegés UTE" para la construcción de un aparcamiento subterráneo en la Plaza del Ayuntamiento y calles Dr. Pedro González Prada y Colón , y se rechazó la revisión de los acuerdos de 27-3-98 y 25-4-98, de adjudicación a la citada empresa de la concesión para la construcción, gestión y explotación de dicho aparcamiento y de suscripción con ella del correspondiente contrato, en lo que se refiere a la aprobación de dicho proyecto , que anulamos por ser contraria a derecho, y lo desestimamos en la restante. No se hace imposición de costas".
SEGUNDO.- En escrito de veintiocho de diciembre de dos mil dos, el letrado don Antonio Ulloa Allones, en representación del Ilmo. Consello de Verín , interesó se tuviera por presentado el recurso de casación contra la Sentencia mencionada de esa Sala de fecha veintiuno de noviembre de dos mil dos.
La Sala de Instancia, por Providencia de veinte de enero de dos mil tres, procedió a tener por pr