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SP/SENT/246701

TSJ Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 229/2006, de 17 de mayo

Recurso 818/2002. Ponente: MARIANO MONTERO MARTINEZ.
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00229/2006
Recurso contencioso-administrativo nº 818/2002
Albacete
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Primera.
Magistrados, Iltmos. Sres.:
D. José Borrego López, Presidente.
D. Mariano Montero Martínez.
D. Francisco Javier Izquierdo del Fraile.
S E N T E N C I A Nº 229
En Albacete, a diecisiete de mayo de 2006.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos de recurso contencioso-administrativo, seguidos bajo el número 818 de 2002, siendo parte actora D. ederico, representado por la Procurador Sra. Rodríguez Ramírez y defendido,por el Letrado Sr. López Rodríguez y parte demandada el AYUNTAMIENTO DE MAHORA, Albacete, representado y defendido por la Letrado Sra. Ávila del Caño, en materia de Gestión Urbanística, demolición de rampa de acceso a garaje. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha veintisiete de noviembre de 2002 se interpuso por la representación procesal de la actora recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del ayuntamiento de Mahora, Albacete, de fecha diecinueve de diciembre de 2002, por el que se rechazó la reclamación del actor en relación a demolición de rama para acceso a garaje privado, en acera pública.
Segundo. Formalizada demanda, tras exponerse los hechos y los fundamentos jurídicos que se entendieron aplicables, se terminó suplicando una sentencia que estimase el recurso entablado , declarase la nulidad de los actos combatidos, el derecho al reintegro de las cantidades pagadas; fue contestado por la representación de la administración demandada, que solicitó una sentencia desestimatoria íntegramente de la demanda planteada.
Tercero. Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se señaló día y hora para votación y fallo , el once de mayo de 2006, en que tuvo lugar.