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SP/SENT/246836

TSJ Cantabria, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 280/2006, de 17 de mayo

Recurso 40/2005. Ponente: MARIA TERESA MARIJUAN ARIAS.
T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD
SANTANDER
SENTENCIA: 00280/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
S E N T E N C I A
Iltmo. Sr. Presidente
Doña María Teresa Marijuan Arias
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña Clara Penin Alegre
Doña María Josefa Artaza Bilbao
^ 72; 472;
En la Ciudad de Santander, a 17 de mayo de 2006. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 40/05 interpuesto por BUFETE DE CONSTRUCCIÓN DE TU CASA S.L.. representado por el Procurador Sr. De la Vega-Hazas y defendido por el Letrado Sr.Alciturri Pombo contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO,REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y contra la DIPUTACION REGIONAL DE CANTABRIA. Representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.La cuantía del recurso es de 1.007''49 euros. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: El recurso se interpuso el día 18 de enero de 2005 contra la resolución del Tribunal Económico-administrativo Regional de Cantabria de fecha 29 de julio de 2004 por la que se desestima la reclamación económico-administrativa entabladas por el recurrente frente a la comprobación de valores practicada por la Administración Tributaria en concepto de impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales derivado de la compraventa de una finca.
SEGUNDO: En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico, declarando disconforme a derecho la comprobación de valores practicada por la administración, con la consiguiente anulación de la liquidación tributaria que trae su causa de aquélla.
TERCERO: En su contestación a la demanda, la Administración del estado y la Diputación Regional de Cantabria recurridas solicitan de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.
CUARTO: Recibido el proceso a prueba se practicaron las que constan en autos.
QUINTO: Evacuados los correspondientes escritos de conclusiones se señaló para la deliberación , votación y fallo tuvo lugar el día 18 de mayo de 2006, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.