CARGANDO...

 

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 6.ª, de 17 de octubre de 2006. Recurso 6029/2002

Ponente: OCTAVIO JUAN HERRERO PINA
SP/SENT/248838
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Octubre de dos mil seis.
Visto por esta Sección Sexta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en nombre y representación de la entidad ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA, S.L. como sucesora de ELECTRICAS REUNIDAS DE,ZARAGOZA I, S.A.U., contra la sentencia de 12 de abril de 2002, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en los recursos 255 y 361/2000, en los que se impugnan las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos de 9 de febrero de 2000 que confirmaron la resolución sancionadora de 23 de diciembre de 1999. Ha sido parte recurrida el Abogado del Estado en la representación que legalmente ostenta de la Administración General del Estado.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Lasentencia de la Sala de lo contencioso administrativo de la audiencia Nacional , de 12 de abril de 2002 objeto de este recurso , contiene el siguiente fallo: "DESESTIMAR el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por las representaciones procesales de FEDERACIÓN REGIONAL DE INDUSTRIAS AFINES DE LA UNION GENERAL DE TRABAJADORES Y ELECTRICAS REUNIDAS DE ZARAGOZA, S.A., contra las Resoluciones de la Agencia de protección de datos de 9 de febrero de 2000 que confirmaron la de 23 de diciembre de 1999, por el concepto de sanción , a que las presentes actuaciones se contraen, que confirmamos por ser conformes a derecho.
Sin expresa imposición de costas."
SEGUNDO.- Notificada la citada sentencia se presentó escrito por la representación procesal de la entidad ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA , S.L., manifestando su intención de interponer recurso de casación y por providencia de 8 de julio de 2002 se tuvo por preparado, siendo emplazadas las partes ante esta Sala del Tribunal Supremo.
TERCERO.- Con fecha 27 de septiembre de 2002 se presentó escrito de interposición del recurso de casación, haciendo valer tres motivos, al amparo delart. 88.1.d) de la Ley de la Jurisdicción ,solicitando que se case la sentencia recurrida y se dicte otra estimando las pretensiones formuladas en la demanda.
CUARTO.- Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la parte recurrida, sol