SP/SENT/260519
TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 27 de julio de 2000
Recurso 1894/1999. Ponente: VICTOR FUENTES LOPEZ.
Vistos los presentes autos pendientes, ante esta Sala, en virtud del recurso de Casación para la Unificación de Doctrina, interpuesto por el Letrado don Emilio V.C., en nombre y representación de DOÑA MARTA O.T., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia,de Cataluña de fecha 5 de marzo de 1.999, en Suplicación contra la del Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona de fecha 3 de junio de 1.998, en actuaciones seguidas por la ahora recurrente contra el INEM.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 3 de junio de 1.998, el Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: FALLO "Que desestimando como desestimo la, demanda interpuesta por MARTA O.T., contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo absolver y absuelvo al citado demandado de todos los pedimentos formulados en su contra".
SEGUNDO.- En la anterior sentencia se declararon probados los siguiente hechos: 1º) Doña Marta O.T. era perceptora de un subsidio por desempleo por el período 4/3/96 a 3/12/97 (630 días reconocidos) que fue suspendido por haber sido contratada durante el período 16/9/96 a 16/12/96. 2º) Por resolución del INEM de 24/1/97 se reanudó la prestación por el período 17/12/96 a 4/3/98 (438 días reconocidos), que fue suspendido en fecha 1/7/98 por haber suscrito contrato de duración determinada que se extendió hasta el 16/12/97. 3º) Por resolución de 22/1/98 le fue denegada la reanudación de subsidio por variar su situación al no acreditar cargas familiares, formulando reclamación previa el 6/2/98, fue igualmente desestimada por Resolución de 5/3/98 quedando agotada la vía administrativa. 4º) En convenio de separación matrimonial aprobado por sentencia de separación matrimonial de 26 de septiembre de 1.996, dictada por el Juzgado de 1º Instancia nº 3 de Mataró, como pacto 4º se recoge la obligación del padre, Don JOAN P.A. de abonar en c oncepto de pensión alimenticia para sus dos hijos (Joan y Marta P.O.