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SP/SENT/262279

TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, de 19 de octubre de 2000

Recurso 3959/2000. Ponente: MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ.
En el recurso de Suplicación núm. 3959/00 interpuesto por la Empresa F.B. S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 4 A Coruña siendo Ponente el ILMO SR D MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO - Que según consta en autos se presentó demanda por D. L.H.L.Y.D.M.L.P. en reclamación de DESPIDO siendo demandado S.P.D.F.S.L.L.E.F.B.S.L.E.F.D.G.S.D.J.A.V.H.Y.L.C.F.S.A. en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 258/00 sentencia con fecha treinta de mayo de dos mil,por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
SEGUNDO - Que en la, citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- Que los demandantes Don L.H.L. y D.M.L.P. venían prestando sus servicios para la demandada C.F.S.A.. con antigüedad de 1/8/72 y 1/9/71 con la categoría profesional de Jefe Técnico y Jefe de Administración percibiendo un salario mensual de 407.790 pesetas con inclusión del prorrateo de pagas extraordinarias.- SEGUNDO.- La C.F. S.A. que adoptó en fecha 20/6/99 acuerdo de disolución elevado a escritura pública el 17 de agosto de 1999. era propietaria de dos naves una sita en el M.D.E. de esta ciudad y otra en el M.D.S.D.. La Sociedad S.P.D.F. S.L.. resultó adjudicataria en subasta judicial de los inmuebles edificios e instalaciones sitos en el M.D.E. y que pertenecían a la C.F. S.A. destinados a fábrica de hielo cámaras frigoríficas y oficinas. La torna de posesión se efectuó en fecha 10 de noviembre de 1999. levantándose acta de los Mismos que obra en autos y se da aquí por reproducida. SUbrogándose en los derechos y obligaciones de los trabajadores Ubicados en aquel centro de trabajo a excepción de lo