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SP/SENT/39167

AP Sevilla, Sec. 6.ª, 283/2002, de 23 de abril

Recurso 2506/2001. Ponente: JUAN MARQUEZ ROMERO.
 Sometimiento a tutela y no a curatela del que padece una incapacidad total
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ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo Fallo literalmente dice: "Estimando la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal declaró a todos los efectos procedentes en derecho que D. José Andrés ____, hijo de Manuel ____y de Angeles ____, nacido en Constantina, en fecha quince de abril de 1976, es total y absolutamente incapaz para gobernarse por si mismo y administrar sus bienes; firme que sea esta resolución, procédase a la constitución de la curatela y a cuanto sea menester hasta que el curador llegue a tomar posesión del cargo; líbrese exhorto al Encargado del Registro Civil de Constantina, por ser donde está inscrito el nacimiento del declarado incapaz, al Tomo 104, folio 91 Sección 1ª, al que se acompañará testimonio de la misma, a fin de que practique 1ª inscripción de la incapacitación, expresando la extensión y límites de ésta, así como que el incapacitado queda sujeto a Curatela; sin hacer especial declaración sobre las costas causadas; y poniendo en las actuaciones certificación de ella, inclúyase la presente en el Libro de sentencias.
PRIMERO: Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
SEGUNDO: Por resolución de fecha 29 de octubre de 2.001, se señaló la
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