SP/SENT/40638
AP Barcelona, Sec. 13.ª, de 17 de junio de 2002
Recurso 397/2000. Ponente: ISABEL CARRIEDO MOMPIN.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando íntegramente la demanda inicial de estas actuaciones, promovida por Dª Mª Isabel Raspall González en representación de ___S.L. frente a Sociedad Mercantil ___ S.L. debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Segundo.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 27 de Mayo de 2002.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Ejercitada por la entidad actora acción de resolución de contrato locativo urbano por falta de pago de la renta, la sentencia de instancia desestimó la demanda en base a que el demandado había remitido burofax a la recurrente el día 1 de septiembre de 1999, comunicándole la resolución del contrato de arrendamiento por imposibilidad de realizar su objeto. Frente a tal sentencia se ha alzado dicha sociedad actora, aduciendo que no ha sido hasta el día 19 de enero de 2000, una vez ya iniciada la presente litis, cuando, mediante acta notarial, el arrendatario ha puesto a disposición de la actora la posesión del local, por lo que al tiempo de la interposición de la demanda en 28 de octubre de 1999, el demandado estaba incurso en falta de pago de las rentas correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 1999.
SEGUNDO.- Ha quedado acreditado en autos: a) que el día 1 de agosto de 1999, las partes litigantes suscribieron contrato de arrendamiento referido al local sito en la plaza ___ de Cerdanyola del Vallés, con plazo de duración de 10 años y por una renta mensual de 1.100.000 ptas b) que en fecha 1 de septiembre de 1999, la sociedad arrendataria comunicó a la actora que rescindía y declaraba nulo y sin efecto el contrato; c) que en fecha 10 de septiembre del mismo año, la demandada remitió nuevo burofax a la actora en la que le requería a fin de que le entregara la autorización de la comunidad de propietarios del edificio para la realización de obras de adapta