CARGANDO...

 

SP/SENT/427291

AP Sevilla, Sec. 4.ª, 220/2008, de 23 de abril

Recurso 6761/2007. Ponente: MARGARITA BARROS SANSIFORIANO.
 Resulta probado que el acusado conducía bajo los efectos del alcohol, tanto por la prueba de alcoholemia como por los signos externos detectados por los agentes
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Las penas de privación del permiso de conducir y de multa por el delito cometido se entienden proporcionadas al superar en más del doble la tasa de alcohol permitida
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 20 de marzo de 2007 el Juzgado de lo Penal nº 7 de Sevilla dictó sentencia declarando probados los siguientes hechos:
"HECHOS PROBADOS: Sobre las 3:30 horas del día 3 de octubre de 2007, el hoy acusado Alonso mayor de edad y sin constar sus antecedentes penales, después de haber tomado unas bebidas alcohólicas, circulaba al volante del vehículo Fiat ....-KWV , afectado en sus facultades psicofísicas por la previa ingestión de alcohol, y al llegar a la altura del km, 2.500 de la carretera A-392 del término municipal de Alcalá de Guadaira, fue parado por la Guardia civil que tenían instalado un control preventivo, y al recabarle la documentación apreciaron en el mismo ojos brillantes, pupilas algo dilatadas, habla pastosa, halitosis fuerte de cerca y la deambulación era titubeante, sin llegar a perder la verticalidad, por lo que le requirieron para que se sometiera voluntariamente a las pruebas de detección alcohólica, las que aceptó, llevándose a cabo éstas a las 3:37 y 4:04 horas las cuales arrojaron 096 y 0.89 mgrs de alcohol por litro de aire espirado."
La parte dispositiva de dicha resolución resulta del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que debo condenar y condeno a Alonso como autor responsable de un delito Contra la Seguridad del Tráfico en su modalidad bajo los efectos de bebidas alcohólicas, previsto en el art. 379 del Código Penal , sin concurrir circunstancias modificativas de la respo