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SP/SENT/68351

AP Madrid, Sec. 25.ª, 139/2005, de 28 de febrero

Recurso 63/2004. Ponente: ANGEL LUIS SOBRINO BLANCO.
 Consignación por arrendatario de las cantidades reclamadas en demanda que da lugar a la enervación de la acción
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ANTECEDENTES DE HECHO
SE ACEPTAN los de la sentencia de primera instancia y,
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia número Cincuenta y tres de los de Madrid dictó sentencia de fecha treinta de septiembre de dos mil tres en los autos de Juicio Verbal seguidos ante dicho Juzgado con el número 391/2003, cuyo FALLO contiene, literalmente, los siguientes pronunciamientos:
"...Que estimando parcialmente la demanda promovida por el Procurador D.ª Celia López Ariza en nombre y representación de Restituye 00 S.L. contra D. Luis Francisco representado por el Procurador D.ª M.ª Gracia Martos Martínez debo:
declarar y declaro no haber lugar a la resolución contractual instada del contrato de arrendamiento de vivienda de C/ DIRECCION000 n.º NUM000 planta NUM001 n.º NUM002 (según contrato) por haber mediado consignación por parte del inquilino con anterioridad a la fecha en que tuvo conocimiento de la interposición de la demanda.
condenar y condeno al demandado a satisfacer al actor el importe de la cantidad debida en tal concepto y por consignada, debo acordar y acuerdo su entrega a la parte actora y respecto de la cantidad que pende de 115,31 € salvo error u omisión, condenar al demandado a satisfacer la misma al actor.
No ha lugar a hacer pronunciamiento relativo al pago de costas...".
SEGUNDO.- La entidad demandante, "Restituye 00, S.L." interp