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SP/SENT/685723

AP Madrid, Sec. 22.ª, 439/2012, de 15 de junio

Recurso 877/2011. Ponente: MARIA DEL ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ.
 Se mantiene en 240 euros mensuales la pensión alimenticia al no acreditarse mayores necesidades del hijo y teniendo en cuenta que el padre paga la hipoteca de la vivienda familiar cuyo uso ha sido atribuido al hijo con la madre
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 No son gastos extraordinarios los escolares, libros, uniformes, e incluso excursiones al ser previsibles, mientras que las clases extraescolares deberán acreditarse como necesarias para el menor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Que en fecha 1 de Diciembre de 2010, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 85 de Madrid se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Anton , representado por la Procuradora Dª Elisa Alcantarilla Martín contra Dª Almudena representada por la procuradora Dª Gloria Ines Leal Mora se acuerda sin pronunciamiento en costas:
1.- La atribución de la guardia y custodia del hijo menor común a la madre Dª Almudena con la patria potestad compartida.
2.- Se fija como régimen de visitas y comunicación del menor con su progenitor D. Anton los fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el lunes en que será reintegrado al domicilio familiar, así como dos días a la semana en aquellas semanas en las que no tenga el padre consigo al menor el fin de semana, que a falta de otro acuerdo será martes y jueves desde las 16 horas hasta las 20 horas y un día a la semana en aquellas semanas en las que tenga el padre consigo al menor el fin de semana, que a falta de otro acuerdo será los martes desde las 16 horas hasta las 20 horas, así como la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano con elección del padre en los años pares y de la madre en los impares.
3.- Se fija
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