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AP Madrid, Sec. 10.ª, 433/2005, de 21 de junio. Recurso 607/2004

Ponente: ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
SP/SENT/74014
 No aplicación LAU al ser contrato de arrendamiento de solar diferenciado del contrato de arrendamiento sobre casa
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ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid, en fecha 16 de abril de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"Que desestimando la demanda de desahucio interpuesta por Dª Olga por sucesión procesal de su fallecida madre Dª Catalina, representada por el Procurador D. Miguel Angel Heredero Suero, debo absolver y absuelvo a Escuela Infantil Caperucita S.L., representada por la Procuradora Dª Aranzazu Fernández Pérez, de los pedimentos contra ella deducidos con imposición a la demandante de las costas procesales.2.
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por providencia de esta Sección, de fecha 20 de abril de 2005, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de Junio de 2005.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- No se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida, los cuales serán reemplazados por los que se expresan a continuación.
SEGUNDO.- (1) A través de la demanda rectora de las actuaciones a que se contrae el presente Rollo, formulada mediante escrito con entrada en el Registro General de los Juzgados de Primera Instancia de Madrid en fecha 4 de julio de 2003, la representación procesal de Doña Catalina formulaba, frente a la entidad mercantil «Escuela Infantil Caperucita, S.L.» acción constitutiva de resolución de contrato de arrendamiento en la que tras invocar los hechos y razonamientos jurídicos que estimaba de aplicación y que se dan aquí por reproducidos en gracia a la economía procesal, terminaba solicitando que se dictase «.. sentencia en su día por la que se declare la resolución del contrato de arrendamiento sobre el solar de la CALLE000NUM000 de Madrid, y se condene a la demandada desalojarlo, con apercibimiento de lanzamiento, en su caso, condenando también a la demandada a indemnizar a la actora en la cuantía que se señale en la sentencia, por todo el tiempo que dure la ocupación del solar y hasta que sea recuperada íntegramente la posesión por la parte actora, e imponiéndole las costas procesales de este procedimiento».
(2) Turnado el conocimiento de la demanda al Juzgado de Primera Instancia núm. 41 de los de Madrid este órgano acordó por Auto de 10 de julio de 2003 la admisión a trámite de la demanda y l